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En la Provincia de Buenos Aires se aceleran las demandas por el pago de sueldos
La Legislatura bonaerense sancionó una ley que establece que las demandas que los trabajadores efectúen contra las empresas por el pago de salarios o conceptos no remunerativos, tengan un procedimiento acotado y sean de carácter ejecutivo, lo cual permitirá agilizar estas disputas.
De acuerdo a la ley 13.829, la vía ejecutiva se puede aplicar para el reclamo de “salarios, asignaciones familiares o rubros denominados remunerativos provenientes de una relación individual de trabajo”, en tanto el período por el que se demanden esos pagos no exceda los tres meses.
Antes de hacer uso del procedimiento ejecutivo el trabajador debe enviar primero una intimidación extrajudicial a la empresa a la que le reclama, especificando el monto de lo que cree que se le adeuda. Si en los dos días hábiles siguientes la empresa no emite ninguna respuesta, el trabajador queda habilitado para ejercer la vía ejecutiva. Lo mismo ocurre si la respuesta dada tiene un contenido abstracto o genérico. En cambio, si la empresa niega en forma justificada la relación laboral, se impide la opción del juicio sumarísimo, aunque luego, la firma recibe la intimación oficial de pago y embargo.
En caso de comprobarse en el terreno judicial el incumplimiento del empleador, la norma exige a las empresas el pago del monto adeudado más un 30% en concepto de sanción. El porcentaje puede ser reducido hasta el 15% si se evidencia que hubo causas justificadas para la omisión del empleador.
Al tratarse de un procedimiento que debe iniciarse en una instancia prejudicial, los juicios que ya están iniciados no se verán afectados. Para las nuevas causas, el efecto será sólo para las empresas radicadas en territorio bonaerense.
Fuente: La Nación.





